declara CON LUGAR, la querella incoada por el ciudadano JAIRO CACERES, titular de la cédula de identidad Nro. 9.188.079, representado por el abogado Virgilio Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 9162, contra la Providencia Administrativa N° 041-2006 de fecha 18 de diciembre de 2006, dictada por el Director Gerente Lic. Douglas Salomón Alcalá Saba, notificada en la misma por el Gerente de Recursos Humanos del Instituto Autónomo Caja de Trabajo Penitenciario (I.A.C.T.P.), Lic. Oswaldo Antonio Rosas Marquina, adscrito al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia.
En consecuencia:
1.- Se DECLARA nulo el acto de remoción contenido en la Providencia Administrativa N° 041-2006 de fecha 18-12-2006, suscrita por el Lic. Douglas Salomón Alcalá Saba, en su carácter de Director Gerente del Instituto Autónomo Caja de Trabajo Penitenciario y notificado en la misma fecha por el Gerente de Recursos Humanos del I.A.C.T.P., Lic. Oswaldo Antonio Rosas Marquina.....