SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer la demanda intentada por la abogada CARMEN JOSEFINA MIERE BLANCO venezolana, mayor de edad, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 97.741, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro. 6.886.711, en contra de la sociedad Mercantil INVERSIONES CANDE 5, C.A. y QUINTA LEONOR, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 21 de junio de 2000, bajo el Nro. 3, Tomo 431-A- Quinto En consecuencia, DECLINA la competencia de la presente causa al Juzgados de Primera Instancia de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con el objeto de que siga conociendo del presente asunto, Por lo que se ordena:
PRIMERO: Remitir el expediente al Juzgado de Municipio Distribuidor de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a objeto que remita por sorteo al Tribunal Competente a los fines de que siga .....