DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada MAGALY DÁVILA ÁVILA, Defensora Pública Septuagésima Octava Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de Defensora de los ciudadanos EDUAR CASTILLO PRENS y HÉCTOR LANDAEZ RODRÍGUEZ, y en consecuencia se decreta LA NULIDAD ABSOLUTA de la Audiencia de presentación de imputado, celebrada en fecha 29/04/2008, por el ciudadano Juez Quincuagésimo Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, ordenándose la remisión de la presente causa a otro Juzgado de Control, quien deberá citar a las partes para la celebración de una nueva audiencia, prescindiendo de los vicios que acarrearon la nulidad de la decisión recurrida.
De esta manera se declara la .....