Ahora bien, revisados los recaudos consignados por el apoderado judicial de la solicitante, este órgano jurisdiccional constata que no fue consignado recaudo alguno que demuestre que efectivamente el ciudadano KONRAD BLUTHNER, antes identificado, es propietario de la parcela de terreno antes descrita, y en cuyo carácter se fundamentó la solicitud de actuación Judicial. Adicionalmente considera este Órgano Jurisdiccional que no es posible solicitar información sobre la dirección de dicho ciudadano, si el apoderado de la solicitante no cumplió con su carga de aportar al procedimiento los recaudos que le den certeza al inicio de que está justificada la intromisión del Tribunal sobre una información relacionada con el ciudadano KONRAD BLUTHNER, como sería requerir que se le informe cuál es su dirección, para trasladarse posteriormente a realizar la notificación solicitada. En consecuencia, se declara INADMISIBLE LA SOLICITUD DE NOTIFICACIÓN JUDICIAL formulada por el apoderado judicial de l.....