En consecuencia de todo lo antes explanado, este Tribunal dado la falta de firma por parte de la solicitante y la falta de asistencia de abogado, NIEGA la admisión de presente solicitud de INSERCIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN, por no cumplir con los requisitos exigidos por la Ley.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, NOTIFIQUESE y déjese copia.
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, 06 de Octubre de 2011. Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación.