Se dictó sentencia interlocutoria mediante la cual se declaró SIN LUGAR las oposiciones formuladas por la representación de la parte demandada a la admisión de las pruebas fotográficas promovidas por la parte actora, CON LUGAR la impertinencia de la prueba documental identificada "B" y este Juzgador se reserva la oportunidad de la sentencia de mérito para pronunciarse sobre el desconocimiento de documentales y la invocación sobre hechos nuevos, realizadas por dicha representación accionada, por no ser esta la oportunidad para emitir opinión a tales respectos.