DISPOSITIVA
Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos ADRIÁN JOSÉ DUARTE FARIAS y ZULAY MERCEDES HERNANDEZ RIVERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.540.606 y V-4.817.845, respectivamente.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos en fecha 12 de diciembre de 1986, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre, del Departamento Libertador, del Distrito Federal actualmente Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de acta Nº 850, año 1986,
TERCERO: Líbrense sendos oficios de participación a las autoridades correspondientes y anéxese copias certificadas de la prese.....