PRIMERO: SIN LUGAR la inhibición planteada por la Dra. GRELOISIDA OJEDA NUÑEZ, Juez del Juzgado Octavo Superior del Trabajo de este Circuito Judicial, mediante acta de fecha 18 de octubre de 2018, en el curso del Expediente N° AP21-R-2017-001016, contentivo del juicio por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, incoada por el ciudadano JOSE LUIS GARCIA LOPEZ contra las entidades de trabajo INVERSIONES LA CITA, S.R.L, RESTAURANT LA TERTULIA, C.A. y OTROS. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se ordena la devolución del mencionado asunto a su Tribunal de origen, a los fines de su continuación en el estado procesal en el cual se encuentre. ASI SE DECIDE.