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DECISIÓN
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente, la Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Circunscripción Judicial Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada RINA XIOMARA PARRA OSTOS y en tal sentido se procede a rectificar la pena impuesta a la acusada NORMA MARIA VILLARROEL MEZA por el Juzgado Décimo Octavo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal en sentencia de fecha 9 de julio de 2007 y en su lugar se le condena a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS y SEIS (6) MESES DE PRISION por la comisión del delito tipificado y penado en el ordinal 2 del articulo 464 del Código Penal, por el cual se admitió la acusación fiscal en el acto de la audiencia preliminar.
SEGUNDO: DECLARA SI.....