"...este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara practicada la medida de Entrega Material y coloca el inmueble objeto de la presente ejecución libre de bienes y personas en posesión de la parte ejecutante PABLO ANDRÉS PEÑUELA SALAZAR, representado en este acto por su apoderado judicial abogado JORGE GUERRERO, suficientemente identificado en autos e inscrito en el Inpreabogado bajo el N°118.438, quien aceptó conforme en nombre de su representado".