III
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Homologada la Transacción celebrada entre el abogado IBRAHIN JOSÉ ROJAS, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARIA FERREIRO ROMERO, parte actora en el presente juicio, y el ciudadano VICENTE ENRIQUE GIFFONI SALMON, asistido por el abogado HECTOR ZABALA MUÑOZ, parte demandada en este procedimiento, todos identificados plenamente en la parte inicial del fallo, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 277 del Código de Procedimiento Civil, no hay especial condenatoria en costas.-
TERCERO: Por cuanto la presente decisión se dictó fuera del lapso legal, de con.....