DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los razonamientos ya expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto en fecha 26 de octubre de 2010, por el abogado MANASES JOSÉ CAPRILES DOMINGUEZ en su condición de apoderado judicial de los demandantes ciudadanos NELSON EDUARDO CAPRILES CHIRINOS y BARBARA CAPRILES CHIRINOS de MERINO, contra la decisión proferida en fecha 21 de octubre de 2010, por el Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que determinó esperar la trabazón de la litis, para descartar la posibilidad de inconsistencia de la medida de secuestro peticionada por la parte actora, la cual queda confirmada con la motivación aquí expuesta.
SEGUNDO: Da.....