DISPOSITIVA
Por Las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Control de la Sección penal Adolescentes, en nombre en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, resuelve:
ÚNICO: Fijar un plazo prudencial a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, en consecuencia se otorga plazo de sesenta (60) días continuos a los fines de que el órgano investigador presente el acto conclusivo correspondiente en la causa seguida contra el adolescente (Identidad omitida por razones de ley), todo de conformidad con el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, así mismo se acuerda con lugar lo solicitado por la defensa pública, en consecuencia extiende el intervalo de presentación periódica mensual, a cada dos meses, por las razones expuestas Ut Supra. Regístrese, diarícese y déjese copia. Ofíciese al Alguacilazgo informando acerca de la extensión de las presentaciones periódicas. Cúmplase
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