Con base a dichas decisiones, se observa que el interés principal del presente juicio asciende a la cantidad de VEINTE MILLONES DOSCIENTOS DOS MIL DOSCIENTOS SIETE BOLIVARES CON OCHENTA Y CUATRO SENTIMOS (BS. 20.202.207,84) es decir; (134.681,39, Unidades Tributarias) y para el día 26 de octubre de 2015, cuando se interpuso la demanda, la cuantía necesaria para acceder al recurso de casación era la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (BS. 450.150,00), por cuanto para esa fecha cada Unidad Tributaria tenía un valor de CIENTO CINCUENTA BOLÍVARES (BS. 150,00). En consecuencia, se ADMITE el recurso interpuesto y se ordena la remisión del expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, por cuanto, demás, la recurrida está comprendida dentro de las decisiones pasibles el referido recurso extraordinario. Se deja constancia que el último de los diez (10) días que se dan para el anuncio fue el 05 de diciembre del 2018.