Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Trigésimo Cuarto (34º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA HOMOLOGACION DE LA TRANSACCION, solo respecto a los hechos litigiosos comprendidos en la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, en los términos señalados en la presente decisión, pasándola en autoridad de cosa juzgada, presentada por la ciudadana YENNICAR DEL VALLE PALACIOS CACHON, parte actora, asistida para ese acto por el abogado FREDDY JOSE JIMENEZ, por una parte; y por la otra parte, la abogada KATHLEEN BARRIOS BALZAN, apoderada judicial de la entidad de trabajo GE OIL & GAS LOGGING SERVICES, C.A parte demandada. SEGUNDO: Se deja constancia del pago efectuado únicamente en lo que se re.....