DISPOSITIVO.-
Por las razones expuestas, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la calificación de despido, el reenganche y pago de salarios caídos que ha incoado la ciudadana ARACELY VALENCIA contra la CORPORACION ANDINA DE FOMENTO, ambas partes debidamente identificadas en los autos y consecuencia se ordena a esta última a reenganchar a dicha demandante a su puesto de trabajo, es decir al cargo Asistente de Procesos, en las mismas condiciones en que esta se encontraba antes del ilegal despido y a cancelarle los salarios caídos sobre la base del salario básico mensual de Bs. 3.690.050,00, desde la fecha de notificación de la demanda (30 de marzo de 2006 folio N° 26 pieza N° 1) hasta la de su efectiva reincorporación, más los aumentos legales (Decretos del Ejecutivo Nacional), contractua.....