VI
Dispositivo
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano JOSE ANTONIO QUINTANA LOPEZ contra AGGREKO DE VENEZUELA C.A. y AGGREKO INTERNATIONAL PROJECT LIMITED SUCURSAL VENEZUELA, debidamente identificado en autos. SEGUNDO: Se ordena cancelar los conceptos que se detallan en la motiva del fallo TERCERO: No hay condena en costa.