Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por FRANCISCO VILLEGAS en su carácter de Experto Contable, contra el auto de fecha 06/12/2012, dictado por el Juzgado Octavo (8º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se ANULAN las actas de fijación de honorarios profesionales, en las cuales el experto contable conjuntamente con el Juez del Tribunal y previo asesoramiento de otros expertos contables procedieron a fijar los honorarios del experto (folios 184, 197 y 329). TERCERO: Los honorarios profesionales del experto contable serán fijados por este Tribunal en la parte motiva del presente fallo. CUARTO: No hay.....