En vista de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA LA EJECUCIÓN VOLUNTARIA de la sentencia No.1621 dictada por este Órgano Jurisdiccional en fecha 24 de octubre de 2012, mediante la cual declaró SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente "FORMA GYM AE, C.A.", que confirmó la multa por incumplimiento de deberes formales en materia de Impuesto al Valor Agregado en la cantidad de OCHOCIENTAS DIEZ UNIDADES TRIBUTARIA (810 UT), más el 3% de dicho monto correspondiente a la condenatoria en costas.
Se deja expresa constancia que de conformidad con lo establecido en el artículo 94 del Código Orgánico Tributario, Parágrafo Primero, se tomará en cuenta la Unidad Tributaria vigente para el momento del pago.
En consecuencia se o.....