(...) Así visto el escrito de transacción cursante a los folios 13 al 19 y presentado por la ciudadana ERNESTO JACOBO VALLES DIAZ, titular de la C.I. V-3.777.196, asistido por el abogado MIRTHA GUTIERREZ, IPSA Nº 144.169, en su carácter de parte oferida y la oferente SOLAR CARGO, C.A., en la persona de la abogada MARIA ZAPATA, IPSA Nº 131.662, y el cual se da aquí por reproducido, mediante la cual la Oferente paga a la oferida a su cabal y entera satisfacción la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs.300.000,00), la cual fue pagada mediante cheque de gerencia del Banco Banesco, Nº 15038807, fecha 21-01-2014, a favor del trabajador, que ya le fueron entregados, en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación al acuerdo transaccional presentado por las partes. En este estado este Tribunal de conformidad a lo establecido en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y Trabajadoras, en concordancia con lo dispuesto en el.....