Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN en el presente juicio en el presente juicio por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, incoado por las ciudadanas ANYERI DEL CARMEN OROZCO PEÑA y BETZAIDA COROMOTO VELIZ RADA, cédula de identidad N°V-24.318.753 y N°V-11.029.087, respectivamente, en contra de la sociedad mercantil CALIFORNIA COFFEE SHOP, C.A. PUBLIQUESE, REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA EN EL COPIADOR DE SENTENCIAS INTERLOCUTORIAS CON FUERZA DE DEFINITIVA QUE