Se Admite la demanda cuanto ha lugar en derecho.- En consecuencia, emplácese a las partes, para que comparezcan personalmente a las once de la mañana (11:00 a.m.), del primer (1º) día de despacho, pasados como sean 45 días, después de la citación de la parte demandada Ángel Javier Carrasco Crespo, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 10.333.856, a fin de que tenga lugar el primer (1º) acto conciliatorio del juicio, pudiéndose hacer acompañar de dos (2) parientes o amigos, conforme a lo previsto en el articulo 756 del Código de Procedimiento Civil, y de no lograrse la conciliación, quedarán emplazados para el Segundo (2º) acto conciliatorio del juicio, pasados que sean cuarenta y cinco (45) días, a la misma hora, lugar y forma, y si no hubiese reconciliación y el actor insistiera en la demanda, quedaran emplazados para que comparezcan al Quinto (5º) día de despacho siguientes a la celebración del Segundo (2º) acto conciliatorio, a .....