declara: 1.- IMPROCEDENTE el amparo cautelar solicitado conjuntamente con el recurso contencioso administrativo de nulidad y subsidiariamente medida cautelar de suspensión de efectos, ejercido por los apoderados judiciales antes identificados, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° 147-16 en el expediente signado con la nomenclatura 027-2014-01-00630 de la Inspectoría del Trabajo Miranda (Este), declaró con lugar la solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos interpuesto por el ciudadano WUILLIAM JOSÉ AGUILAR RONDÓN la suspensión de efectos requerida de manera subsidiaria. 3. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la solicitud.