Por todo lo anteriormente expuesto, esta SALA DOS DE LA CORTE DE APELACIONES DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
UNICO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada ERIKA CASTILLO, Defensora Pública Penal Trigésima Novena del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensora de los imputados CARLOS ENRIQUE MUJICA LEAL y LINDA YERMANY DIAZ, en contra de la decisión dictada en audiencia de presentación de imputados, de fecha 04/03/2011, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó para sus defendidos la Medida Judicial Privativa de Libertad, por lo que queda CONFIRMADA dicha decisión.