Atendiendo a todo lo expuesto por éste Tribunal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los NELSON DE JESUS GUAIMACUTO RODRIGUEZ y CARMEN SIMONA RODRIGUEZ, quienes son de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-3.403.069 y V-4.417.743, respectivamente; en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído por el Juzgado de la Parroquia El Valle de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha dos (02) de agosto de mil novecientos sesenta y seis (1966), según se evidencia de acta de matrimonio Nro. 78, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicho Autoridad Civil.- Así se decide.-
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notificar a las autoridades correspondientes a los fines de lo .....