Se dictó sentencia mediante la cual este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor y Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declaró CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos GERARDO ENRIQUE MENESES GUEVARA e IRIS MIDDALIA HERNANDEZ MORALES, ambos identificados al inicio de este fallo. En consecuencia, se declaró DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha 21 de diciembre de 1990, por ante la Junta Parroquial de la Parroquia Chacao, Municipio Sucre del Estado Miranda (hoy Registro Civil de la Parroquia Chacao, Municipio Chacao del Estado Miranda), según Acta Nº 430, del Libro de Registro Civil de Matrimonios del año 1990. Se ordenó librar oficio al Registro Civil de la Parroquia Chacao, Municipio Chacao del Estado Miranda, al Registro Principal del Estado Miranda y a la Junta Regional del Cons.....