(...) DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano ALEXIS APONTE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V- 2.966.067, en contra de la empresa COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA, (C.A.N.T.V.), por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales, y en consecuencia se declaran procedentes los conceptos de prestación de antigüedad, vacaciones anuales y fraccionadas, Bono Vacacional vencido, utilidades anuales y fraccionadas., cuantificado previamente en la suma de CIENTO VEINTIÚN MILLONES OCHOCIENTOS CINCUETA Y UN MIL CIENTO SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON 31/100 CENTIMOS, (Bs. 121.851.166,31)R45, los cuales se ordena la demandada a su cancelación. Se ordena la cancelación de intereses moratorios sobre el monto insoluto e indexación, los cuales a su vez, deberán ser calculados por el experto, de conformidad con los parámetros establecidos en la parte motiva del presente fallo.
No hay condenatoria en costas en vi.....