Por recibido el presente expediente proveniente del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, por cuanto en fecha 11-08-2009 se declaró incompetente por el territorio, el Tribunal le da entrada, y se avoca a su conocimiento. Ahora bien, en virtud de que el presente asunto se encuentra es estado de decidir las cuestiones previas opuestas por la abogada Adriana Núñez Arias, apoderada judicial de FEDECAMARAS BOLIVAR, el Tribunal a los fines de pronunciarse al respecto ordena la notificación de las partes, y una vez conste en autos la última de las notificaciones, se procederá a pronunciarse sobre las cuestiones previas antes referidas.