concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, únicamente en lo que respecta a los conceptos debidamente discriminados en el referido escrito, haciendo la salvedad que dicha homologación no abarca los conceptos no especificados, ni se traduce en la renuncia o el desistimiento de ninguna acción. Finalmente y habiendo constatado el pago total efectuado de manera íntegra se da por terminado el presente asunto, se ordena su archivo definitivo y el cierre informático del mismo. Se acuerda de conformidad expedir copias certificadas por secretaria de la presente transacción y de la presente decisión, por la cual se insta a parte solicitante a consignar las copias simples a los fines de la certificación de las mismas por secretaria. CÚMPLASE.