III
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, intentada por los ciudadanos DANIEL ALEJANDRO PERALTA y EFIGENIA MARIA MORALES SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 17.562.221 y 19.650.402, respectivamente, fundamentada en los Artículos 185, 188, 189 del Código Civil y decretada por este Tribunal en fecha diez (10) de noviembre 2011, en consecuencia queda DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha dieciocho (18) de diciembre de 2008, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Teresa, Municipio Libertador del Distrito Capital.-
Notifíquese a las Autoridades correspondientes y expídase copia certificada del .....