Por las razones expuestas, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión de fecha 06 de marzo de 2014, dictada por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, todo con motivo del juicio incoado por la ciudadana Lisseth Lourdes Díaz contra la Fundación Misión Identidad, ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Justicia y Paz, en consecuencia, se confirma la decisión recurrida.