Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal Primero Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia extinguida la instancia en el presente recurso contencioso administrativo funcionarial (Querella), interpuesta por el ciudadano LUIS ENRIQUE VILLEGAS NADALES, titular de la cédula de identidad N° V-16.936.917, asistido por la abogada María Raquel Meneses Ferraz, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 237.241, Defensora Pública Auxiliar Quinta (5ta) con competencia en Materia Administrativa, Contencioso Administrativa del Área Metropolitana de Caracas, en contra de la Resolución S/N, de fecha 11 de enero de 2018, emitido por la ALCALDIA DEL MUNICIPIO AUTONÓMO INDEPENDENCIA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.