Por las razones expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer de la demanda interpuesta por la abogada MARISELA CISNEROS AÑEZ, actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos CRISTÓBAL MEDINA LADINO Y JAIRO ESPINOSA SANTANDER, todos plenamente identificados en la parte motiva del presente fallo, en contra de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA ORGANIZADA DE DISTRIBUIDORES INDEPENDIENTES DE AGUA MINERAL "CODIAM XX R.L.".
SEGUNDO: Solicita de oficio la regulación de la competencia, por ser este el segundo Tribunal que declara su incompetencia. En consecuencia, remítanse las presentes actuaciones a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de que conozca del conflicto negativo de competencia planteado.