En el caso que nos ocupa, la parte actora pretende el pago del préstamo otorgado mediante contrato acompañado como documento fundamental, así como un documento anexo y las pólizas de seguro supra descritas, para lo cual pidió se tramitara el juicio por el procedimiento Intimatorio, y siendo que, en el documento fundamental de la demanda no se establece la fecha cierta de pago, ni el documento anexo esta suscrito por la demandada, por lo que no le es oponible, no estamos en presencia de un reclamo de una suma exigible de dinero, concluyendo quien aquí decide, que dichos documentos no reúnen los extremos establecidos para su tramite por el procedimiento monitorio, por lo que resulta forzoso para este Tribunal declarar inadmisible la demanda que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACIÓN), se intentara, Y ASI SE DECIDE.-
En mérito de la anterior exposición este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en .....