-III-
DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos MARÍA DE LOS ANGELES OTERO RODRÍGUEZ y MARIO ANTONIO GUGLIA RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de la Cédula de identidad Nos. V-9.969.013 y V-11.226.991, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en 15 de agosto de 1998, ante el Registro Civil del Municipio Foráneo Leoncio Martínez del Estado Bolivariano de Miranda, según se desprende del acta de matrimonio acta Nº 243, correspondiente al año 1998, la cual corre inserta a los folios 4 y 5 del presente expediente.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda.....