DIPOSITIVO:
Por las razones expuestas, este Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO:SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA S.A., contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 0079-17, DICTADA POR LA INSPECTORIA DEL TRABAJO "PEDRO ORTEGA DIAZ" SEDE CARACAS SUR, DE FECHA 10-03-17, en la cual se ordenó el reenganche y pago de salarios caídos de FRECDY JOSE UMBRIA VERGARA, titular de la cédula de identidad No. 6.288.160, todo en el expediente No. 079-216-01-01241; SEGUNDO: No se condena en costas.
Notifíquese a la Procuraduría General de la República de conformidad con lo previsto en el artículo 98 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en el entendido que una vez se consigne en el expedien.....