DECLARA PROCEDENTE la solicitud interpuesta por la ABG. THELMA FERNÁNDEZ, Defensora Publica Penal (35) del Area Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensora del ciudadano RICHARD JOSE MARTÍNEZ OZUNA, de revisión de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad por una menos gravosa, en cuanto a las Unidades Tributarias acordadas por este Tribunal y en tal sentido se MANTIENE la establecida en los artículos 256 ordinales 3° y 8 en relación con el 258 del Código Orgánico Procesal Penal, para lo cual el imputado deberá presentarse ante la sede de este Despacho cada (8) días y así mismo Dos (2) fiadores que devenguen un salario de VEINTE UNIDADES TRIBUTARIAS cada uno, vale decir la cantidad de SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS ( Bs. 672.000,oo), constancia de residencia y constancia de buena conducta. Una vez cumplida la exigencia del tribunal, se acordará su libertad. Así mismo advierte el Tribunal, que si incumple con las obligaciones impuestas, le ser.....