Ambas partes solicitan a la Juez se sirva impartir homologación a la presente transacción con el objeto de otorgarle los efectos de la cosa juzgada, dar por terminado este proceso a los fines de darle la ejecutoriedad al presente acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y ordenar el archivo del expediente. En consecuencia, este Juzgado Trigésimo Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN a la Transacción celebrada con respecto de los ciudadanos arriba mencionado; en tal sentido, da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del presente expediente. Déjese copia del presente auto