Por los fundamentos de hecho y de derecho explanados, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, constituido de forma Unipersonal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ABSUELVE al acusado (IDENTIDAD OMIDITA), titular de la cédula de identidad N° V-(IDENTIDAD OMIDITA), de (IDENTIDAD OMIDITA) años de edad, soltero nacido en (IDENTIDAD OMIDITA), en fecha (IDENTIDAD OMIDITA), por la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto ene l artículo 218 del Código Penal, actuando a la luz de lo previsto en el artículo 602 literal "E"; SEGUNDO: CONDENA al acusado (IDENTIDAD OMIDITA), titular de la cédula de identidad N° V-(IDENTIDAD OMIDITA), de (IDENTIDAD OMIDITA) años de edad, soltero nacido en (IDENTIDAD OMIDITA), en fecha (IDENTIDAD OMIDITA), a cumplir la sanción de CINCO (05) AÑOS DE PRIVACIO.....