este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Ara Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, además de verificarse de los diferentes documentos acompañados, la efectiva ocurrencia del error cometido al momento de la transcripción del Acta objeto de rectificación. Razón por la cual, ordena la rectificación de la Acta de Nacimiento inserta bajo el Nº 1224, folio 113 del Libro de Registro Civil de Nacimientos del año 1950, llevados por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital. Teniendo que de los distintos recaudos presentados, se evidencia el haberse cometido la transcripción errónea del nombre de la solicitante, como: Aidee del Carmen Pérez Bello, siendo lo correcto: Haydee del Carmen; todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 768 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.