DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: IMPROCEDENTE la medida de suspensión de efectos cautelar contra la Providencia Administrativa Nº 00205-2015, de fecha 22 de abril de 2015, dictada por la Inspectoría del Trabajo del estado Portuguesa con sede en Guanare, contenida en el Expediente Nº 029-2014-01-00486, con motivo de la Solicitud de Autorización de Despido, Traslado o Modificación de condiciones interpuesta por la EMPRESA PRODUCTORA Y DISTRIBUIDORA VENEZOLANA DE ALIMENTOS S.A. (PDVAL) contra el ciudadano RODOLFO ANTONIO HERNANDEZ ESCALONA, por las razones expuestas en la motiva.
Publíquese. Regístrese. Déjese copias certificadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dado, sellad.....