Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: ADMITE, sin analizarse caducidad, el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, subsidiariamente suspensión de efectos y cautelar innominada, por los abogados Marbelis Useche y Rosmer Hernández, actuando como apoderados judiciales de la Empresa MERCADOS DE ALIMENTOS C.A. (MERCAL C.A.), contra la Providencia Administrativa N° 2639-06 dictada en fecha 14 de diciembre de 2006 por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital, Municipio Libertador, Sede Norte, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano Jimmy Guilarte Granado, contra la referida Empresa.
SEGUNDO: Declara IMPROCEDENTE la pretensión de amparo cautela.....