DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Primero (21ª) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas después de haber analizado todos y cada uno de los puntos impugnados, después de haber escuchado la opinión de los auxiliares de justicia revisores, tomando de sus opiniones lo que considera prudente y desechando lo que considera no ajustado a la sentencia definitiva y firme a ejecutar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Parcialmente Con Lugar la impugnación de la experticia complementaria del fallo interpuesta por la parte demandada contra la experticia complementaria del fallo presentada por el Licenciado Cosme Parra; por lo que la demandada deberá cancelar a la actora la cantidad de SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO BOLIVARES CON 51/100 (Bs. 692.448,.....