Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: ABANDONO DEL TRÁMITE, por la pérdida de interés procesal en la demanda de nulidad interpuesta por los abogados CESAR AUGUSTO ROMERO HERNÁNDEZ y ANGELA INGIAIMO TRUISI, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 9.521 y 13.846, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana EVELIN JUDITH MATUTE de BREA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.116.001, en contra del acto administrativo contenido en la Resolución Nº 012493 de fecha 24 de septiembre de 2008, dictada por la Dirección General de Inquilinato del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura, hoy SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA VIVIENDA Y HÁBITAT.