Primero: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado GUSTAVO VIVAS LOPEZ, en su carácter de apoderado judicial Seguro Mercantil, C.A, (antes La Central de Seguros, C.A) en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 30 de Noviembre de 2006.
Segundo: se Confirma de la decisión dicta por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Circunscripción Judicial del Área Metropolitana Caracas, en fecha 30 de Noviembre de 2006, la cual declaro Con Lugar la demanda que por Cobro de Bolívares, incoara la sociedad mercantil Compañía Anonima Metro de Caracas, en contra de la empresa La Central de Seguros, C.A, hoy Seguro Mercantil. La cual declaro.
Tercero: En consecuencia, se condena a la demandada al pago de la suma de Siete Mil Setecientos Veinticuatro Bolívares con veintidós céntimos (Bs. 7.724,22) por conce.....