Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta el 27 de julio de 2016, por la abogado FANNY VERDE, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la decisión dictada el 9 de mayo de 2016, por el Juzgado 19º de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, oída en ambos efectos en fecha 29 de julio de 2016, con motivo del juicio seguido por el ciudadano WILLIAM GONZALEZ contra ASOCIACION COOPERATIVA FRAVIRCO, R. L., OPUS 18 DESARROLLOS, C. A. y la OFICINA PRESIDENCIAL DE PLANES Y PROYECTOS ESPECIALES (OPPPE). SEGUNDO: REVOCA el auto apelado; ANULA el auto dictado el 18 de julio .....