Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara Primero: LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el procedimiento de oferta real de pago presentado por la entidad de trabajo GOMEZ, MARQUIS Y ASOCIADOS. A favor del ciudadano WILIAM ANDRES MORILLO BOSQUE titular de la cédula de identidad Número 13.642.482, ambas partes suficientemente identificadas en autos. Segundo: Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.