Se dictó decisión en la cual se declara improcedente la solicitud de que por despacho saneador se reponga la causa al estado de notificar al COMISARIATO CARDON MARAVEN,S.A y que se correija el libelo pues a decir de la demandada no se indicó el domicilio de los demandantes ni la identificación del COMISIARIATO ni de sus representantes.-