de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, dejándose expresa constancia que se ha realizado el pago correspondiente a la parte demandante por la suma de CIENTO CATORCE MIL CIENTO CATORCE BOLIVARES CON SETENTA Y SIETE CENTIMOS (BS 114.114,77 ). Ahora bien este Tribunal se abstiene de dar por terminado el presente asunto hasta tanto conste en autos la consignación del pago correspondiente a la Experto Contable, licenciada GILDA GARCES DOS SANTOS, en consecuencia este Juzgado ordena se notifique a la parte demandada, a los fines que proceda a consignar el pago de los Honorarios profesionales de la mencionada Auxiliar de Justicia. ASI SE ESTABLECE. LIBRESE LA BOLETA DE NOTIFICACIÓN.