...de acuerdo a las consideraciones realizadas precedentemente y asumiendo los criterios señalados anteriormente, respecto a la transacción presentada en este procedimiento de oferta real de pago, a los fines de garantizar el principio constitucional de irrenunciabilidad de los derechos laborales, este Juzgado Trigésimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, NIEGA la HOMOLOGACION al escrito presentado por ser contrario a derecho. Asimismo, se deja constancia que en el escrito up-supra la parte OFERENTE: BAR RESTAURANT EL HATO, C.A , a través de sus apoderadas judiciales, ya identificadas, realizó a la parte OFERIDA: YOHANDER ANTONIO VILLEGAS VITORA, titular de la Cédula de Identidad Nº V.8.647.675, un pago por la cantidad de BOLIVARES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES BOLIVARES CON TREINTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 158.....